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LOS PENSIONISTAS VARONES PODRÁN RECUPERAR DE MEDIA 7.000 EUROS POR EL PLUS DE MATERNIDAD


El Tribunal Supremo ha fijado el derecho de los hombres a dicho complemento desde el reconocimiento de la prestación.


El Supremo rechaza el recurso de la Seguridad Social y avala el cobro por parte de los hombres del complemento de maternidad en las pensiones desde la fecha de inicio de reconocimiento de la prestación. La decisión ha partido del Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, que reúne al conjunto de todos los magistrados para fijar una postura única en casos de especial relevancia.


El complemento en cuestión es el de maternidad de las pensiones que reguló el Gobierno de Mariano Rajoy y que acabó siendo considerado discriminatorio a finales de 2019 por la justicia europea. Por ello, el actual Ejecutivo reguló un nuevo complemento contra la brecha de género en las pensiones, que se reconoce al progenitor que haya visto más afectada su carrera laboral por la maternidad, ya sea hombre o mujer. Dado que las madres suelen ser las más afectadas, sobre todo lo reciben estas últimas, en un 94%.


El poder judicial ha informado de que el Pleno del Supremo, celebrado el pasado 18 de mayo, ha resuelto finalmente “que, cuando los hombres tengan derecho a percibir el complemento de maternidad por aportación demográfica a la Seguridad Social, dicho complemento producirá efectos desde la fecha del hecho causante de la pensión de jubilación siempre que se cumplan los restantes requisitos legales”.



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