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¿QUÉ RENTAS NO SE PUEDEN COMPENSAR?


A pesar de que la regla general permite compensar todos los rendimientos del ahorro con independencia de su origen, existen algunas excepciones a la regla general. Una de las más importante es la que tiene que ver con las apuestas y los juegos de azar, ya que este tipo de ganancias se integran dentro de la base general, y no de la base del ahorro.


La segunda excepción es la que tiene que ver con la venta de objetos de segunda mano. En este tipo de operaciones, es normal que el valor de transmisión sea inferior al valor de adquisición, porque los bienes van depreciándose con el tiempo. Hacienda se protege de este tipo de transacciones para evitar que un contribuyente pueda compensar este tipo de pérdidas, y no permite incluirlas salvo que en ellas se produzca un saldo positivo.


Cómo compensar tus pérdidas y ganancias patrimoniales en la Renta

Las ganancias y pérdidas patrimoniales se incluyen en la declaración de la renta a través de Renta Web. Para ello, en la opción de apartados, seleccionamos ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de otros elementos patrimoniales.


A partir de la casilla 338, podremos incluir todas las operaciones que hayan dado lugar a una ganancia o una pérdida patrimonial durante el ejercicio. Deberemos consignar los siguientes datos:


- Fecha y valor de transmisión.

- Fecha y valor de adquisición.

- Importe cobrado en caso de operaciones a plazo.

- Exención por reinversión de la vivienda habitual.

- Exención por reinversión en rentas vitalicias para mayores de 65 años.

- Venta de elementos adquiridos antes del 31/12/1994 para la aplicación de la reducción por abatimiento.





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