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SEGURO DE VIDA CON PRIMA ÚNICA FINANCIADA: TIPOS DE SEGUROS SE COMERCIALIZABAN CON LAS HIPOTECAS


El objeto del seguro es cubrir las cuotas de la hipoteca en caso de fallecimiento, desempleo, incapacidad…etc.


Prácticamente el 70% de los seguros han sido comercializados de esta manera, se ha hecho de forma masiva por parte de casi todas las entidades de crédito


Obligar a contratar este tipo de seguro para conceder una hipoteca estaba totalmente prohibido por el artículo 89.4 de la TRLGDCU (Ley de consumidores y Usuarios) hasta marzo del 2019, por ello los bancos procuran no dejar rastro en la escritura de la obligación d contratar el seguro (informan verbalmente al consumidor y documentan la contratación del seguro en documento aparte). En alguna ocasión, la vinculación se puede observar porque en la escritura se refleja el ingreso de parte del capital prestado en la cuenta de la aseguradora.


Desde marzo del 2019, con la entrada en vigor de la Ley de los contratos de crédito inmobiliarios, los bancos pueden exigir la contratación de un seguro, pero el consumidor debe poder escoger el seguro que quiera (cambio en el modus operandi). A partir del 2019 se han seguido cometiendo abusos, pero la operativa de comercialización ya era diferente.


Centrándonos en los seguros contratados hasta el 2019, a diferencia de las cláusulas suelo, esta vinculación impuesta de seguros no deja rastro en los contratos. Se imponía en fase de negociación pero no viene reflejada en el contrato debido a que estaba prohibido.


En Rico Sánchez Asociados te ayudamos a reclamar tu seguro de vida con prima única financiada.

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