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¿CUANTO VOY A COBRAR DURANTE LA INCAPACIDAD TEMPORAL?


Con la base de contingencias anteriormente indicada, la dividimos entre 30 días para conocer el salario día que será el salario de referencia.


Una vez tenemos el salario día, esto es lo que vas a percibir:


Los tres primeros días no vas a recibir nada.


Del cuarto al vigésimo se te abonará el 60%. Aunque el abono siempre te lo realice la empresa, a partir del decimosexto día tu salario corre a cargo de la Seguridad Social. Es decir, que la empresa reclamará el salario abonado a la Seguridad Social.


A partir del vigésimo primero se te abonará el 75%. de tu base reguladora.


Recordemos que esta es una cuantía mínima que el convenio puede mejorar. De hecho, muchos convenios recogen la obligación de abonar el 100% de la base desde el primer día, por lo que la persona trabajadora nunca se vería perjudicada.


Ejemplo

Un trabajador que tiene un base de cotización de contingencias comunes de 1.340,54 €, ha estado de baja 22 días y el convenio colectivo no mejora la cuantía a percibir durante la incapacidad temporal.


Base contingencias comunes 1.340,54 €/mes

Lo dividimos entre 30 días. 1.340,54/30 días = 44,68 €/día

Detalle de los 22 días de baja.


Los tres primeros días se perciben 0 €.

Del 4º al 20º, es decir 17 días, se percibe el 60%,

Cálculos necesarios: 44,68*60%*17 días = 455,74 €

Del 21º al 22º, es decir 2 días, se percibe el 75%,

Cálculos necesarios 44,68*75%*2 días = 67.02 €


En consecuencia, durante la incapacidad temporal se percibe 522.76 €, en lugar de los 848,92 € que correspondería si no hubiera una baja.


Está cantidad es en bruto, por lo que tendrá las mismas retenciones que la nomina de un mes sin incapacidad temporal.




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